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El Tribunal dijo: ¡Ábrete Sésamo!

Buenos Aires, 12 agosto — La Justicia pronunció una de esas fórmulas que, sin necesidad de magia, tienen la virtud de abrir puertas, cajas fuertes y registros patrimoniales. El Tribunal Oral Federal 2 dispuso nuevos embargos preventivos en la ejecución de la condena de la Causa Vialidad y colocó bajo cautela un inmueble particularmente simbólico: el departamento de San José 1111 donde Cristina Fernández de Kirchner cumple prisión domiciliaria.

El departamento pertenece a Los Sauces S.A., sociedad inmobiliaria de la familia Kirchner, y quedó comprendido dentro del conjunto de activos sobre los cuales el tribunal procura asegurar el cumplimiento del decomiso fijado en aproximadamente 685.000 millones de pesos.

Conviene separar, sin embargo, la contundencia del titular de sus consecuencias inmediatas. Embargar no significa rematar. Tampoco supone que Cristina Kirchner deba abandonar mañana el departamento. La medida busca impedir jurídicamente que los bienes alcanzados puedan ser vendidos, transferidos o utilizados de manera que frustre una eventual ejecución definitiva.

Los jueces Rodrigo Giménez Uriburu, Jorge Gorini y Andrés Basso explicaron que las cautelares tienen precisamente esa finalidad: conservar los activos mientras continúa la discusión judicial acerca de cuáles deberán finalmente responder por el decomiso.

La decisión corresponde a una segunda etapa de la ejecución patrimonial. Una primera tanda había comprendido 111 propiedades cuyo decomiso fue solicitado por el fiscal Diego Luciani y posteriormente admitido por el TOF 2. De ese conjunto, veinte inmuebles estaban vinculados con la familia Kirchner, 85 con Lázaro Báez y sus empresas y otros seis con los restantes condenados.

La Cámara Federal de Casación Penal confirmó posteriormente el criterio adoptado sobre esos bienes. Los recursos presentados por Cristina Kirchner y Báez trasladaron la discusión a la Corte Suprema, mientras el tribunal oral continuó examinando otro universo patrimonial.

Y allí apareció una segunda puerta.

Esta nueva etapa comprende 144 bienes, entre inmuebles, vehículos y participaciones societarias. También fueron incluidos cinco millones de dólares que Florencia Kirchner tenía depositados en una caja de seguridad bancaria.

El fundamento utilizado por el tribunal va más allá de determinar a nombre de quién figura cada propiedad. Los jueces consideran relevante establecer si determinados bienes o sociedades recibieron directa o indirectamente beneficios económicos derivados de la maniobra por la cual fueron condenados los responsables de la Causa Vialidad.

La sentencia sostuvo que, durante el período investigado —entre 2003 y 2015—, existió una relación económica y comercial entre las empresas de Lázaro Báez y negocios pertenecientes a la familia Kirchner. Empresas del empresario patagónico alquilaron propiedades, explotaron establecimientos turísticos y realizaron obras vinculadas con activos de los Kirchner y de sociedades como Los Sauces S.A. y Hotesur S.A.

Sobre esa base, el TOF 2 entiende que el decomiso puede alcanzar bienes incorporados durante el período investigado cuando exista fundamento jurídico para vincularlos con el provecho económico del delito. La resolución invoca además el artículo 23 del Código Penal, que permite extender el decomiso a personas jurídicas beneficiadas por el producto de un delito y, bajo determinadas condiciones, alcanzar bienes transmitidos a terceros.

Nada de esto significa que cada activo cautelado tenga ya escrito su destino definitivo. Precisamente para eso continúa el proceso judicial, con intervención de las partes y recursos pendientes. La cautelar congela; el decomiso dispone. Son estaciones distintas de un mismo recorrido y confundirlas sólo sirve para transformar un expediente judicial en espectáculo político.

San José 1111 reúne, además, una circunstancia singular: no es solamente un inmueble sometido a discusión patrimonial, sino también el domicilio donde una ex presidenta de la Nación cumple una condena. Si eventualmente el bien llegara a una instancia de realización efectiva, deberá resolverse entonces qué ocurre con el lugar de cumplimiento de la prisión domiciliaria. Ese escenario todavía no ha llegado.

Por ahora, la Justicia no cambió cerraduras ni puso un cartel de venta en la puerta.

Simplemente tomó las llaves jurídicas.

Y en un expediente donde durante años se discutieron rutas, contratos, sociedades, hoteles, alquileres, propiedades y dinero, el viejo “Ábrete Sésamo” adquiere una versión bastante menos fantástica: detrás de cada puerta que se abre no aparece necesariamente una cueva llena de tesoros.

A veces aparece un expediente.


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